"Calendario Escolar de Sevilla"
El resumen de colegios de Sevilla sirve para comparar, verificar y certificar la calidad de los distintos centros a los que acuden nuestros hijos. En esta página se presenta la legislación referente al calendadrio escolar del presente curso escolar.
Calendario Escolar 2011-2012, Sevilla .
Resumen de normativa
Resumen de normativa
Resolución de 31 de mayo de 2011 de la Delegación Provincial de Educación en Sevilla por la
que se dictan las normas que han de regir el calendario escolar para el curso 2011/2012 en
todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos a excepción de los universitarios
Normas de carácter general
-
1. El curso académico se iniciará el día 1 de septiembre de 2011 y finalizará el día 30 de junio de 2012.
2. En educación infantil, educación primaria y educación especial se tendrá en cuenta lo siguiente:- - El régimen ordinario de clases lectivas habrá de comenzar el día 12 de septiembre de 2011, englobando 178 días lectivos y 890horas de docencia directa.
- El primer día de clase podrá dedicarse por parte de los centros a la recepción del alumnado. Eneste día podrá establecerse flexibilidad en el horario para facilitar esta tarea.
- A fin de facilitar la escolarización del alumnado de educación infantil que asiste a clase por primeravez y que presente dificultades de adaptación escolar, los Consejos Escolares de los centrospodrán establecer, durante el mes de septiembre, un horario flexible. Este horario deberácontemplar el tiempo de permanencia de los alumnos y alumnas en el centro docente que, demanera gradual y progresiva, será cada día más amplio. En todo caso, transcurridas 2 semanasdesde el comienzo del curso, el horario de éstos deberá ser el establecido con carácter generalpara el resto de los alumnos y alumnas de este nivel educativo.
- La finalización del régimen ordinario de clases será el día 22 de junio de 2012.
- El periodo comprendido entre el 1 de septiembre y el inicio del periodo lectivo se dedicará aldesarrollo de actividades para la planificación del curso, tales como la programación de las enseñanzas, la coordinación docente y otras actividades relacionadas con la organización escolar.
-
3. En educación secundaria obligatoria, bachillerato y ciclos formativos de formación profesional inicial se
tendrá en cuenta lo siguiente:
- a) El régimen ordinario de clases lectivas comenzará el día 15 de septiembre de 2011.
- El régimen ordinario de clases finalizará el día 22 de junio de 2012, salvo en el segundo curso debachillerato que terminará el día 31 de mayo de 2012.
- El número de días lectivos para educación secundaria obligatoria y bachillerato será de 175. Eneste periodo se incluirá el tiempo dedicado a la celebración de sesiones de evaluación u otras actividades análogas, de tal forma que las horas de docencia directa para el alumnado sean 1050.
- Las actividades relacionadas con la evaluación del alumnado correspondientes a la sesiónextraordinaria de evaluación y calificación del curso 2010/11 en educación secundaria obligatoria y bachillerato se llevará a cabo entre los días 1 y 7 de septiembre de 2011.
- Para los ciclos formativos de formación profesional inicial se estará a lo dispuesto en la duraciónde cada ciclo y su cómputo total de horas para los ciclos formativos de formación profesionalespecífica en los centros docentes.
Periodos vacacionales y festivos
-
7. De Navidad. El periodo no lectivo de Navidad estará comprendido entre los días 24 de diciembre de2011 y 6 de enero de 2012, ambos inclusive.
8. De Semana Santa. El periodo no lectivo de Semana Santa comprende desde el día 1 al 8 de Abril de 2012, ambos inclusive.
9. Días festivos. Son días festivos, además de los domingos, los siguientes días:- 12 de octubre de 2011: Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre de 2011: Festividad de todos los Santos (trasladada).
6 de diciembre de 2011: Día de la Constitución.
8 de diciembre de 2011: Día de la Inmaculada.
28 de Febrero de 2012: Día de Andalucía.
2 de mayo de 2012: Día del Trabajo.
-
10. Independientemente de los anteriores son días no lectivos los coincidentes con las fiestas localesestablecidas por la Consejería de Empleo hasta un máximo de dos días.
11. Según establece la normativa reguladora del calendario escolar en los centros docentes, lasDelegaciones Provinciales podrán hacer coincidir la celebración del día de la Comunidad Educativapara todos los niveles. Dicho día queda determinado para la provincia de Sevilla el 27 de febrero de2012.
12. De acuerdo con el artículo 4.2 del Decreto 301/2009, los Consejos Escolares Municipales acordaránel uso de tres días de libre disposición y propondrán los mismos a esta Delegación Provincial de Educación para su aprobación. En aquellos municipios donde no estén constituidos los ConsejosEscolares Municipales la disposición de los citados días será propuesta por los Consejos Escolares delos centros con criterios de uniformidad dentro del municipio. La propuesta de estos días a laDelegación Provincial deberá hacerse con 15 días como mínimo de antelación y será expuesta en eltablón de anuncios para general conocimiento de la comunidad educativa.